REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiséis (26) de julio de 2011
201° y 152°
ENTREVISTA
ASUNTO: OP02-S-2008-001060
PARTE ACTORA: Consejo de Protección del Municipio García del estado Nueva Esparta.
LOS PROGENITORES: Zaribert Reyes y Francisco Velásquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 12.506.466 y 11.539.772.
MOTIVO: COLOCACIÓN FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCIÓN.
En el día de hoy, veintiséis (26) de julio de 2011, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la entrevista fijada en el presente asunto con ocasión a la COLOCACIÓN FAMILIAR EN ENTIDAD DE ATENCIÓN contra los ciudadanos Zaribert Reyes y Francisco Velásquez, plenamente identificados en autos y a favor de los niños (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), respectivamente. Se anunció el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito; se deja constancia que compareció al acto la ciudadana Roscary Salazar Guzmán, actuando en este acto en su carácter de Trabajadora Social de la Entidad de Atención María Goretti, con los niños. Se deja constancia que los padres, ciudadanos Zaribert Reyes y Francisco Velásquez, plenamente identificados, han comparecido en el día de hoy a la entrevista fijada. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la Psicólogo María Teresa Tovar, adscrita al Equipo Multidisciplinario de este Circuito de Protección, quien dio serias y oportunas recomendaciones a la madre para la convivencia con sus hijos y el padre. En este estado la Jueza pasa a sostener entrevista con los progenitores quienes manifestaron querer tener a sus hijos con ellos en su casa y una vez analizados los informes cursantes en autos, emanados del y vista la conducta satisfactoria desplegada por los progenitores al manifestar querer tener a sus hijos así como ello se desprende de los informes cursantes en autos, emanados del Equipo Multidisciplinario que contienen las evaluaciones psicológicas y social de los progenitores las cuales están dadas para que los niños puedan egresar de la entidad de Atención y trasladarse con sus padres a su hogar es por lo que esta Jueza Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara el CESE de la MEDIDA de PROTECCIÓN FAMILIAR que se ha venido desarrollando en la Entidad de Atención María Goretti, en consecuencia el egreso de los niños de la misma y se ordena realizar el Informe de seguimiento establecido en el artículo 397-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a favor de los niños (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA)el cual deberá practicarse con un mínimo de cuatro informes durante un año. Se ordena librar oficio a la Entidad de Atención María Goretti a fin que cumplan con las formalidades del egreso de dicha Entidad a los niños y se le haga entrega a sus padres de las pertenencias de los niños. Es Todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez.
Los ciudadanos Zaribert Reyes
y Francisco Velásquez,
La ciudadana Roscary Salazar,
Trabajadora Social de María Goretti,
La Psicólogo adscrita al Equipo Multidisciplinario de este Circuito de Protección Licenciada María Teresa Tovar,
La Secretaria,
Joana Rodríguez López
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