REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintisiete (27) de julio de dos mil once (2011).
Años: 201º y 152º

ASUNTO: OP02-L-2011-000193

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha diecinueve (19) de julio de dos mil once (2011), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda por los Abogados en ejercicio PEDRO BARBELLA y HONEY PÉREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 82.742 y 65.557, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Empresa “PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS, C.A.” (PREVECA); constante de siete (07) folios útiles junto con anexos constante de cinco (5) folios; el cual se ordena agregar a los autos en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
LA JUEZ.,




Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.




LA SECRETARIA,



ESV/yvs.