REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 
La Asunción, veinticinco (25) de julio de dos mil once (2011)
 
Año: 201º y 152º
 
 
ASUNTO: OP02-L-2011-000365
 
 
Vista la diligencia presentada en fecha veinte (20) de julio de dos mil once (2011), por el ciudadano WILLIAM JOSÉ ROSAS, titular de la cédula de identidad número 9.301.511, asistido por el Abogado TOMÁS GÓMEZ ORDAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.478; mediante la cual desiste del presente procedimiento; así mismo solicita se ordene el archivo del presente asunto; en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el actor, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el  artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, da por concluido el procedimiento y se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad. Y así se decide.-
 
LA JUEZ.,
 
 
 
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ
 
 
 
LA SECRETARIA, 
 
 
ESV/mgm.-
 
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