REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, veintiuno de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO : OP02-V-2009-000354
Se inicia la presente causa con demanda de DIVORCIO, incoada por la ciudadana Elsa Isabel Colimodio de Pages, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.300.702, contra el ciudadano Luis Alberto Pages Paesano, titular de la cédula de identidad número 5.534.779, siendo admitida la misma en su oportunidad, ordenándose la notificación de la actora con la finalidad de que subsánese el correspondiente libelo, con la finalidad de que indicase el último domicilio conyugal, entre otros particulares. Habiendo tenido lugar dicha subsanación se ordenó la notificación del demandado, la cual fue practicada, luego de lo cual tuvo lugar la mediación, oportunidad en la cual no hubo acuerdo, procediéndose a dar por finalizada dicha fase, dándose inicio a la fase de sustanciación. En su oportunidad las partes consignaron escritos de pruebas y de contestación. El demandado presentó reconvención a la demanda, la cual fue admitida, concediéndose a la actora reconvenida la posibilidad de presentar el correspondiente escrito de pruebas. En la oportunidad fijada se llevó a cabo la fase de sustanciación, en la cual se analizaron los elementos probatorios que fueron ofrecidos y consignados por las partes, procediendo este Tribunal a dictar las diligencias de sustanciación tendentes a recabar la información necesaria y de interés para darle continuidad al asunto, y así remitirlo al Tribunal de Juicio con la finalidad de que se pronunciase respecto de la procedencia o no de la disolución del vinculo matrimonial de los mencionados ciudadanos, con base a lo alegado y probado en autos. Es el caso que en audiencia celebrada en fecha 22.11.2010 se dejó sentado que sólo se estaba a la espera de respuesta a comunicaciones emanadas de este Despacho, por parte de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, y del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, advirtiéndose en dicha audiencia a las partes que una vez constase de autos las mencionadas respuestas, por auto separado se daría por finalizada la fase de sustanciación de la audiencia preliminar y se ordenaría la remisión al Tribunal de Juicio. En fecha 24.11.2010 se ratificó contenido de la comunicación librada a la mencionada Fiscalía, toda vez que respecto del referido Cuerpo de Investigaciones, el mismo día que tuvo lugar la audiencia, pero con posterioridad a su celebración, se recibió la respuesta respectiva.
En fecha 18.02.2011 el ciudadano Luis Alberto Pages Paesano, asistido de la Defensora Pública Segunda de Protección, Doctora María Celeste de Castro, mediante diligencia solicita el cierre del presente asunto y su remisión al archivo judicial aduciendo que el vinculo matrimonial existente entre su persona y la ciudadana Elsa Colimodio Pérez se encontraba disuelto por sentencia recaída en asunto OP02-J-2010-001279 llevado ante el Tribunal Quinto de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección, consignando a tal efecto copia simple de la aducida sentencia. La mencionada información fue constatada de las actuaciones del Sistema Juris 2000, evidenciándose de las mismas que en fecha 31.02.2011 fue dictada sentencia disolviéndose el mencionado vínculo matrimonial, declarándose definitivamente firme la misma en fecha 14.02.2011, oportunidad en la cual se ordenó su ejecución, librándose a tal efecto los oficios a las autoridades competentes. Expuesto ello observa este Tribunal que aun y cuando por procedimiento distinto, el presente asunto fue incoado a los mismos efectos, es decir con la finalidad obtener la disolución del vinculo matrimonial entre los ciudadanos Elsa Colimodio Pérez y Luis Alberto Pages Paesano; pero es el caso que habiendo obtenido los mencionados ciudadanos la satisfacción de su pretensión ante el referido Juzgado, es por lo que esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, considera improcedente seguir conociendo del presente asunto conforme al articulo 273 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que sobre la referida pretensión recayó decisión, es por lo que en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus atribuciones legales ordena: PRIMERO: El CIERRE y ARCHIVO DEFINITIVO del asunto que por divorcio incoara la ciudadana Elsa Isabel Colimodio de Pages, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.300.702, contra el ciudadano Luis Alberto Pages Paesano, titular de la cédula de identidad número 5.534.779. Así se declara. SEGUNDO: El levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 02.06.2010 sobre uno de los bienes que conforman la comunidad de gananciales; medida participada al Registrador Inmobiliario de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta mediante oficio número 2003.10 de fecha 03.06.2010. Particípese lo conducente una vez se encuentre firme la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en La Asunción a los veintiún (21) días del mes de febrero del año dos mil once. (2011). Años 200º de La Independencia y 151º de La Federación.
La Jueza.

Abg. Carmen Milano Vásquez.
La Secretaría.
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en autos.
La Secretaría.

CMV*.-