REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 19 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-003070
ASUNTO : OP01-P-2007-003070
Visto el escrito presentado por la Dra. YANETTE FIGUEROA ADRIAN, Defensora Pública Sexta adscrita a la Defensa Pública Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en su carácter de defensora de la ciudadana GENESIS DEL CARMEN GARCIA FLORES, mediante el cual solicita el traslado para el anexo Femenino Los Robles de su defendida quien fue detenida el 7 de diciembre de 2010 en virtud de una orden de captura dictada por este Tribunal, toda vez que la misma se siente amenazada por las demás femeninas privadas de libertad en el Internado Judicial de la Región Insular, este Tribunal NIEGA EL CAMBIO DE LUGAR DE RECLUSIÓN toda vez que el Internado Judicial de la Región Insular es el lugar idóneo de detención, y ordena oficiar al Director del Internado Judicial de la Región Insular a los efectos de instarlo a realizar lo pertinente, a los fines de resguardar la integridad física de la mencionada ciudadana GENESIS DEL CARMEN GARCIA FLORES, quien se encuentra recluida en ese Centro Penitenciario en virtud de haberse revocado por incumplimiento la medida de detención domiciliaria que le fuera acordada en fecha 5 de agosto de 2010, con fundamento en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal y decretó la medida cautelar de privación preventiva de libertad en decisión de fecha 29 de noviembre de 2010. Líbrese el correspondiente oficio y notifíquese a las partes esta decisión. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO No. 2,
DRA. EMILIA VALLE ORTIZ,
EL SECRETARIO,
ABG. JUAN CARLOS RODRIGUEZ F.