REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, trece (13) de diciembre de dos mil once (2011).
Años. 201º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2009-000467
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en fecha cinco (05) de diciembre de dos mil once (2011), y consignado como han sido los escritos de contestación a la demanda por la Abogada VICTORIA NAVIA QUINTERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 40.454, en su carácter de de Apoderada Judicial de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, constante de siete (07) folios útiles y sin anexos; en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo.-
LA JUEZ,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA,
GMC/yi.-