REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, doce de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2011-000372

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en fecha 02 de diciembre de 2.011, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda por los Abogados Alfredo Cherubini y Sharda Budrhani, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 120155 y 130.505, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de parte actora, constante de tres (03) folios útiles; se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Juicio del Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo. Cúmplase.-
La Juez,

Dra. Gricelda Martínez Cedeño.

La Secretaria,


GMC/jrm.-