REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintisiete (27) de abril de dos mil once (2.011)
Años: 201º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2011-000087
Visto que concluida la audiencia preliminar en fecha 13 de abril de 2011, y vencido el lapso legal previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin que la parte demandada haya consignado su correspondiente escrito de contestación a la demanda; en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese Oficio de Remisión.-
El Juez.,
Dr. Euclides Salazar Mata.-
La Secretaria
Abg.
ESM/jrm.-