REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, seis (06) de abril de dos mil once (2.011)
Años: 200º y 152º
ACTA DE AUDIENCIA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

N° de Expediente: OP02-L-2011-000097
Parte Actora: NELLY JOSEFINA SCHIFFINO DE LANDER. (NO COMPARECIÓ).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ).
Parte Demandada: Empresa “NAUTICA LA VELA, C.A.”.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. MIGUEL ÁNGEL SIFONTES FERNÁNDEZ.
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día de hoy, seis (06) de abril de dos mil once (2011), siendo las nueve de la mañana (09:00.a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2011-000097, se constituye el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO, con la asistencia de la Secretaria Abogado PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se constata la comparecencia de la parte demandada Empresa “NAUTICA LA VELA, C.A.”; representada en este acto por el Abogado en ejercicio MIGUEL ÁNGEL SIFONTES FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 112.459, en su carácter de Apoderado Judicial, según se evidencia de Poder Apud-Acta, de fecha 05-04-2.011, presentado por ante secretaria. Se deja constancia que la parte demandada, consignó copias simples de Carta de Renuncia, Comprobante de pago, Recibo de Pago de Nomina y Liquidación de Prestaciones Sociales, constante de cuatro (04) folios útiles. Asimismo el Tribunal deja constancia de la no comparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ,


Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.



PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA,


Abg. PAULA DÍAZ MALAVER.
GMC/PDM/yvs.-