REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, cuatro (04) de abril de dos mil once (2011).-
200º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2010-000546
Visto que concluida la audiencia preliminar en fecha veinticinco (25) de marzo de 2011, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por la representación Judicial de la empresa demandada HOTELERA SOL, C.A. conocida comercialmente como LTI COSTA CARIBE BEACH HOTEL, en consecuencia, se ordena remitir el expediente constante de (151) folios útiles, al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ


Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.



LA SECRETARIA.







GMC/jmf.-