REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
PAMPATAR, doce (12) de abril del año 2.011
Años 200º y 152º
Vistas las testimoniales rendidas por los ciudadanos JOSE FRANCISCO HIUZI CLAVIER y GREGORIANA SOTO VELAZCO, quienes prestaron el Juramento de Ley y al serle impuesto el motivo de su comparecería manifestaron no tener impedimento alguno en declarar y fueron precisos en señalar que conocen al solicitante de vista trato y comunicación desde hace muchísimos años, del mismo modo manifestaron que les consta que la construcción del local comercial fue construido a solas expensas del solicitante, asimismo, saben y le consta que el solicitante ha invertido la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (BS. 171.580.00); el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que el solicitante alega y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ALFREDO CASTAÑO LUX, venezolano, mayor de edad, civilmente casado, identificada con la cédula de identidad Nro. V-5.607.633, sobre un local comercial identificado con la letra y Numero A-1, ubicado en una parcela de terreno propiedad del solicitante situado en el Caserío San Lorenzo, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, dicho local se encuentra totalmente techado con láminas platicas. Una puerta principal para vehículos livianos y de carga la cual esta protegida por una reja de seguridad automática (Santamaría) de 12 mts2. con puertas que se abren independientemente. Al frente del local se encuentra el estacionamiento para siete vehículos, una jardinera de 7 mts2, la parte externa del local esta pintada en Grafiado con productos de calidad y a su vez tiene lajas en piedra para aumentar la calidad del diseño y la estructura. Internamente el local se distribuye en una planta baja y dos niveles y mezanine con las siguientes características Planta Baja: 1.- una oficina de 57 mts2 con las siguientes características: con piso en porcelanato, techo en drywall, luces “Ojos de Buey”, tres (3) puertas en vidrio de entrada y salida, escalera de acceso hacia la planta

alta o piso 1° recubierta en cerámica de primera que permite la comunicación con la planta alta o piso 1° y también permite la salida por una de las puertas principales del local, la puerta principal esta reforzada con sistema de seguridad (puertas Viso) color blanca. Un baño, con piso de cerámica de primera, lavamanos y poceta, el área esta dotada de sistema de ventilación (Aire acondicionado de 4 toneladas), puntos de luz de 110v. y 220v. puntos de teléfonos para tres líneas, un gran ventanal que permite la visibilidad para la calle principal en hierro y vidrio reforzado. 1.1.- una caseta de vigilancia, dotada de vidrios de seguridad (Sistema antibalístico), sistema de luminaria y ventilación, puntos de luz de 110v. y 220v. puntos de teléfono. 1.2.- un baño para trabajadores, con piso y paredes de cerámica importada con su lavamanos y poceta, sistema de luminaria y ventilación pertinentes al área. 1.3.- un deposito en planta baja de 40 mts2, contiene un tanque de agua subterráneo 18.000 lts. Con sistema de hidroneumático. El area esta dotada de sistemas de luminaria y ventilaciones pertinentes. Planta Alta: o Mezanine 1°: una oficina de 57 mts2. con las siguientes características: el piso en porcelanato, con techo en drywall, luces “Ojo de Buey” una escalera con acceso a la planta superior o 2° piso recubierta con cerámica, un ventanal en hierro y vidrio reforzado que permite la visibilidad a la calle principal. El área esta dotada de sistema de ventilación (aire acondicionado de 5 toneladas).- Tiene dos vías de acceso con sus puertas de madera etamboradas en cedro, punto de luz de 110 v y 220v, puntos para teléfonos. PLANTA SUPERIOR O MEZANINA 2 : una oficina de 90 mts2. con las siguientes características: el piso recubierto de porcelanato, con techo en driwall, luce “Ojo de Buey”, un ventanal de hierro y vidrio reforzado que permite la visibilidad a la calle principal. El area esta dotada de sistema de ventilación (2 aires acondicionados de 36 Btu), tiene una vía de acceso con su puerta de madera entamborada en cedro, punto de luz de de 110 v y 220v, y puntos para teléfono.- un area de almacenaje de 160 mts2, con las siguientes características: el piso de cerámica, esta dotada de sistema de ventilación (4 extractores), puntos de tomacorrientes de 110v y 220v. tiene dos vías de acceso con sus puertas de madera entamboradas en cerdo. Todo el local comercial esta dotado de aguas servidas y blancas. Sistema de luz eléctrica, las paredes son de bloque frisadas y pintadas con pintura de primera. Para un total de SEISCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS DE CONTRUCCION (620 MTS2).- Se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fé y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara efecto de cosa Juzgada y
que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre lo inexactitud de los hechos afirmados por los solicitantes.------------------------------------- Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante, dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del código de Procedimiento Civil, autorizándose para las mismas a la ciudadana LUISA BELINDA GOMEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la Cédula de Identidad Nro. V- 12.673.656, asistente de este Juzgado.------------------------------------
Dr. José Gregorio Pacheco,

Juez Prov. Del Municipio Maneiro.
El Secretario,
NOTA: En fecha 12-04-2011, se dicto y público el anterior decreto, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2011-772, siendo las 11:20 a.m. Conste.-
El Secretario,

Abg. Pedro Miguel Gómez Millán.

Solicitud Nro. 2011-1887.-
Luisa.-