JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Porlamar, 25 de Abril de 2011
200° y 151°

Vista la diligencia suscrita por el Abogado PEDRO ELIAS FERNANDEZ LEON, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.342, en su carácter acreditado en autos, en el cual DESISTE de la presente demanda; es por lo que solita se homologue el desistimiento para dar por terminado el presente proceso, Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, conforme lo establecido en el artículo 263 del Código de procedimiento Civil, quedando la misma pasada en autoridad de cosa juzgada.
Todo con motivo del juicio seguido por INVERSIONES COME, C.A, contra AMADEOS GOURMET, C.A por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Cúmplase.
El Juez,



Dr. Juan José Anuel Valdivieso

La secretaria temporal,



Abg. Adriana Padilla Moya


Exp. 902-10
JJAV/adm/mmc.-