REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
Tribunal Primera de Primera Instancia en Funciones de Control 1, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Violencia del Estado Nueva Esparta

La Asunción, quince (15) de abril de 2011
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-001962
ASUNTO : OP01-P-2007-001962

JUEZA: ABOG. MARY CARMEN VASQUEZ QUIJADA

IMPUTADO: ALI ANTONIO OLIVO.

DEFENSA PUBLICA PENAL: ABOG,(O). SEGIO SOLORZANO

PROCEDENCIA: FISCALIA: PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO FISCALA ABOG.(A) NORELIS ROMERO DE MARCANO

VÍCTIMA: MARIZA MARIA VILLAHERMOSA.


Recibido en fecha 09 de junio de 2008, escrito Fiscal, informando que se DECRETO ARCHIVO FISCAL en la investigación seguida en contra del ciudadano:, ALI ANTONIO OLIVO.,por la denuncia interpuesta por ante la Comisaría de Villa Rosa Municipio García del estado Nueva Esparta, en fecha 31 de mayo de 2007, por uno de los delitos sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y HOSTIGAMIENTO, de conformidad con el artículo 39 y 40 de la Ley especial, no obstante y visto la solicitud del Organo Fiscal, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del COPP, por no contar con elementos que le permitan presentar acto conclusivo en la presente causa, no obstante y transcurrido como ha sido el lapso legal contenido en la Ley especial

El Archivo Fiscal, es uno de los actos conclusivos, de la fase investigativa del sistema acusatorio, establecidos por el Legislador Penal Adjetivo, en su artículo 315:
“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado o imputada a cuyo favor se acuerde el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes”.

Corresponde dentro de las atribuciones de la Vindicta Pública, Decretar el Archivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 108 ordinal 5to de la Ley Penal Adjetiva, por tanto, este Tribunal Primera Instancia en Funciones de Audiencia y Medidas del Circuito Judicial ,de Violencia del estado Nueva Esparta , DECLARA la Cesación de las Medidas Cautelares dictadas y de Protección impuestas contra el ciudadano: ALI ANTONIO OLIVO en audiencia especial de presentación efectuada en fecha dos de junio de 2007 y motivada resolución en fecha 02 junio de 2007,
Publíquese, regístrese. Notifíquese a las partes. Líbrense las comunicaciones correspondientes, toda vez que fue detenido en flagrancia y reseñado. Remítase la actuación a la Fiscalía 30º del Ministerio Público.


Abog. (a) MARY VASQUEZ QUIJADA
Jueza de Primera Instancia en
Funciones de Control 1, Audiencias y Medidas,

Abog (a) Ronibellys Aguilera
Secretaria,