REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta en funciones de Control, Audiencia y Medidas.
La Asunción, catorce (14) de Abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : OP01-S-2007-001920

JUEZA: ABOG (A) MARY VASQUEZ QUIJADA

IMPUTADOS: LEOMERYS DEL VALLE GIL ORTIZ OLGA JOSEFINA VALSEREY DE GIL Y JOSE LUIS ORTIZ.

FISCALIA: MARITERESA DIAZ DIAZ. FISCALA PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO.

VÍCTIMA: CARMEN VERONICA MARTINEZ CORDOBA.

DELITO: VIOLENCIA FISICA

DECISIÓN: CESACIÓN DE MEDIDAS POR DECRETO DE ARCHIVO FISCAL.


Recibido en fecha 03 de noviembre 2009, escrito Fiscal, informando que se ORDENE ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, en la investigación seguida en contra de los ciudadanos Leomerys del Valle Gil Ortiz Olga Josefina Valserey de Gil y José Luís Ortiz., por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del COPP, por no contar con elementos que le permitan presentar acto conclusivo distinto.

De revisión efectuada al Sistema Juris 2000, pudo precisarse que EN FECHA 01-05-2007, se celebró Audiencia especial de presentación, imputado por el delito de VIOLENCIA FISICA, dictadas medidas Cautelares de conformidad con lo establecido en los artículos 256 ordinales 3 y 6 COPP .

El Archivo Fiscal, es uno de los actos conclusivos, de la fase investigativa del sistema acusatorio, establecidos por el Legislador Penal Adjetivo, en su artículo 315:
“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado o imputada a cuyo favor se acuerde el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes”.

Corresponde dentro de las atribuciones de la Vindicta Pública, Decretar el Archivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 108 ordinal 5to de la Ley Penal Adjetiva, por tanto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer, declara la Cesación de las Medidas Cautelares dictadas contra los ciudadanos Leomerys del Valle Gil Ortiz Olga Josefina Valserey de Gil y Jose Luis Ortiz. en audiencia especial de presentación efectuada en fecha 01-05-2007 y motivada resolución en fecha 01-05-2007.
Publíquese, regístrese. Notifíquese a las partes. Líbrense las comunicaciones correspondientes, toda vez que fue detenido en flagrancia y reseñado. Remítase la actuación a la Fiscalía 30º del Ministerio Público.


Abog. Mary carmen Vásquez Quijada
Jueza Primera de Primera Instancia en
Funciones de Control 1, Audiencias y Medidas,

Abog. (a) Ronnibellys Aguilera
Secretaria,