REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, primero (01) de septiembre de dos mil diez (2010).-
Años: 200º y 151º


ASUNTO: OP02-L-2009-000650


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en fecha 12 de Agosto de 2010, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda por las Abogadas CARLA RODRÍGUEZ LOZADA y LAURA DE RISEIS CASTILLO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 112.473 y 112.425, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales, de la parte demandada CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (CORPOSALUD) y LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, constante de cuatro (04) folios útiles anexos; en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo.-
EL JUEZ,


Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA.-
LA SECRETARIA,

Abg.








ESM/er.-