REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, diecisiete (17) de septiembre de dos mil diez (2010).
Años: 200º y 151º
ASUNTO: OP02-L-2010-000135
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha nueve (09) de agosto de dos mil diez (2010), y consignados como han sido los escritos de contestación a la demanda de la parte demandada “EKIPA, C.A”., constante de cuatro (04) folios útiles sin anexos y por la empresa “RATTAN, C.A”., constante de siete (07) folios útiles sin anexos; en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio del Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA,
GMC/yi.-