REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintiséis (26) de octubre de dos mil diez (2010)
Años: 200° y 151°

ASUNTO: OP02-L-2010-000204


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha dieciocho (18) de octubre de dos mil diez (2010), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda de la parte demandada ESTEBAN CIRILO NORIEGA CAMPOS, por su apoderado judicial Abogado en ejercicio LALKER PÉREZ NARVÁEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.772, constante de tres (03) folios útiles; en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
EL JUEZ.,




Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA.



LA SECRETARIA,




ESM/yvs.-