REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2010)
Años: 200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA
Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2010-000476
PARTE ACTORA: ALEXANDER RAFAEL CHACÍN JIMÉNEZ (NO COMPARECIÓ).
PARTE DEMANDADA: HOTEL BELLA VISTA (NO COMPARECIÓ).
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día de hoy, veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2010-000476, se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO, con la asistencia de la secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia que no comparecieron ni la parte actora, ni la parte demandada, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
LA JUEZ.,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA,
Abg. PAULA DÍAZ MALAVER.
GMC/er.-
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