REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO



Porlamar, 08 de noviembre de 2010
200° y 151°

Vista la solicitud de fecha 03-11-2010, suscrita por la ciudadana MARIA TERESA ALSINA VACA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 85.456, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en el juicio por ACCION REINVINDICATORIA, contra el Ciudadano VICTOR ALMEIDA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-379.016, mediante la cual solicita la devolución de los documentos Originales que cursa desde el folio ocho (08) al folio diez (10) ambos inclusive, y desde el folio once (11) al dieciocho (18), ambos inclusive, previa certificación en los autos, del expediente signado con el N° 10-1352, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena, la devolución de los Documentos Originales, que cursan desde el folio ocho (08) al folio diez (10) ambos inclusive, y desde el folio once (11) al dieciocho (18), ambos inclusive, previa su Certificación en los autos se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal para retirar el expediente del recinto del Tribunal, a los fines de su fotocopiado y para su certificación y una vez cumplida devolver el expediente, a su lugar de origen. Asimismo se ordena corregir la foliatura a partir del folio ocho (08), colocando sobre la anterior foliatura una línea de color negro la cual deberá continuar, en ese orden. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ZORAIDA VASQUEZ GOMEZ

MML/ZVG/ym.-
EXP. N° 10-1352.-