REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO
Porlamar, 12 de noviembre de 2010
200° y 151°
Vista la diligencia suscrita por por el ciudadano IVAN GOMEZ MILLAN, nacionalidad venezolana, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.981, en su carácter de Apoderado Judicial de Condominio del Edificio Residencias BAHIA DEL MORRO II, ubicado con frente a la Avenida Raúl Leoni, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, debidamente Registrado por ante la oficina de Registro Público del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, en fecha 13 de octubre de 1.989, bajo el N° 11, tomo 3 del Protocolo Primero, mediante la cual solicita se le sean expedidas trece (13) juegos de Copias Certificadas del Poder que cursa del folio dieciocho (18) al folio veintidós (22), de la diligencia de fecha ocho (8) de noviembre de 2010, y del presente auto, en el presente expediente signado con el N° 10-1409, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena expedir trece (13) juegos de Copias Certificadas del poder que cursa del folio dieciocho (18) al folio veintidós (22)folios útiles incluyendo, la diligencia antes mencionada y del presente auto. Ahora bien por cuanto el Tribunal no cuenta con los medios mecánicos necesarios para la reproducción de las copias certificadas de los folios antes mencionados, se insta al solicitante consignar los emolumentos necesarios, para la elaboración de la Copias Certificadas ordenadas, una vez consignados los emolumentos, se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal para retirar el expediente del recinto del Tribunal, a los fines de su fotocopiado y para que firme junto a la Secretaria de este despacho todas y cada unas de las copias y su certificación y una vez cumplida devolver el expediente, a su lugar de origen. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO
MML/EEP/Carlos.-
EXP. N° 10-1409.-