REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1 DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, ocho de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : OP01-D-2010-000301

ACTA DE DIFERIMIENTO DE JUICIO ORAL

En el día de hoy, Lunes Ocho (08) de Noviembre de dos mil diez (2010), siendo las¬¬¬ 09:30 horas de la mañana, se encuentra constituido el Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en la Sala de Audiencias de este sistema, en atención a lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a los fines de la realización del debate oral y privado en la causa No. OP01-D-2010-000301, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Acto seguido la ciudadana Juez, DRA. ISABEL ASUNTA PANNACI, solicita a la Secretaria de Sala, ABG. ELIANA RAQUEL MENDEZ, verificar la presencia de las partes convocadas para la celebración de este acto, siendo informada que se encuentran presentes el Defensor Público N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, DR. JOSE LUIS GARCÍA, la Fiscal Séptima del Ministerio Público DRA. ZARIBELL CHOLLETT, no encontrándose presente el adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, ni así ninguno de los órganos de prueba para ser evacuados en el debate oral y privado, y en ese sentido solicitó el derecho de palabra el defensor Público dr. José Luis García y concedido como le fue expuso: “En virtud del principio de la economía procesal en razón de que en esta fase de juicio se encuentra la causa No. OP01-D-2010-000318, la cual fue remitida a esta fase y guarda relación con el mismo adolescente y por otros hechos similares, por lo que solicito la acumulación de la causa OP01-D-2010-000301 con esta última causa del adolescente, y una vez que se ordene la acumulación se fije nueva audiencia para el juicio oral y privado.” Oído lo manifestado por el defensor Público este Tribunal ORDENA EL DIFERIMIENTO de la Audiencia de Juicio Oral y Privado en el presente proceso seguido en contra del adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, para que tenga lugar el día LUNES QUINCE (15) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ (2010), A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA (11:00 A.M.). Líbrese las boletas y oficios correspondientes; y en relación a la solicitud de la acumulación se proveerá lo conducente por auto separado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ DE JUICIO,


DRA. ISABEL ASUNTA PANNACI




LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO




DRA. ZARIBELL CHOLLETT






EL DEFENSOR PUBLICO N° 01



DR. JOSE LUIS GARCÍA






LA SECRETARIA


ABG. ELIANA RAQUEL MENDEZ