REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Pampatar, 12 de mayo de 2010.-
200º y 150º.-
Vista la transacción judicial celebrada en fecha 11/05/2010, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, siguen los ciudadanos ITALO JOSÉ FUENTES SANCHEZ, JESUS RICARDO FUENTES SANCHEZ y KATIANA MARÍA FUENTES SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V-5.615.840, V-5.615.839 y V-9.880.986, respectivamente, asistidos por las Abogadas en ejercicio MARISOL FONSECA IDLER y ANGELINA VOLPE GIARAMITA, venezolanas, mayores de edad, identificadas con las Cédulas de Identidades Nros. V-4.883.525 y v_6.994.445 e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 21.373 y 44.563, respectivamente; en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES A.N. & A.N., C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 18 de julio del año 2000, bajo el Nro. 49, Tomo 14-A, representada en dicho acto por los ciudadanos NORELYS JOSÉ AGUIRRE LUYANDO y AQUILES JOSÉ AGUIRRE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, identificados con las Cédulas de Identidades Nros. V-12.926.158 y V-3.287.846, asistidos por el Abogado en ejercicio MOISÉS ANDRADE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.860; este Tribunal, por cuanto la referida transacción versa sobre derechos disponibles, da por consumado el acto y le imparte su homologación. Procédase como en sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Dr. José Gregorio Pacheco,


Juez Prov. del Municipio Maneiro.-
El Secretario,


Pedro Miguel Gómez Millán.-
Exp.2010-1653.-
Sentencia Interlocutoria Nro.2009-546.-