REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan Bautista, 25 de mayo de 2010
200° y 151°
Vista la diligencia suscrita en fecha 29-04-2010, por el abogado ALEJANDRO CANONICO SARABIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.143.104, con Inpreabogado bajo el N° 63.038, en su carácter de apoderado judicial de la recurrente empresa SIGO, S.A, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de los artículos 263 y 265, eiusdem, le imparte su aprobación en todas y cada una de las partes al referido desistimiento, dando por terminada la presente causa y ordenando proceder como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA PROVISORIA.
Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
Abg. JULIETA MARÍA SALAZAR BRITO.
Exp. N-0341-09.
VTVG/jmsb/Pedro