REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho (18) de marzo de dos mil diez (2010)
Años: 199º y 151º

ASUNTO: OP02-L-2009-000371


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha nueve (09) de marzo de dos mil diez (2010), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda de la parte demandada CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, constante de cuatro (04) folios útiles y tres (03) folios anexos; en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
EL JUEZ



Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA



LA SECRETARIA





ESM/ldm.-