REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2010).-
199º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2009-000489
PARTE ACTORA: AREVALO JOSÉ MARVAL MARCANO, TASMANIA DEL VALLE FERNANDEZ MARCAO y ESTEVINA MARGARITA ROJAS.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: GEYBELTH ALFONZO y LUIS CARREÑO PINO.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO TUBORES DE3L ESTADO NUEVA ESPARTA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CRISAMA DEL VALLE CORTESIA SALAZAR.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2010), siendo las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2009-000489, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR MATA, con la asistencia de la Secretaria Abogada EVA ROSAS SILVA. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece, el abogado LUIS CARREÑO FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 100.630, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos AREVALO JOSÉ MARVAL MARCANO, TASMANIA DEL VALLE FERNANDEZ MARCANO y ESTEVINA MARGARITA ROJAS, portadores de las cedulas de identidad números 2.827.549, 13.424.136 y 6.434.831, respectivamente, parte actora en el presente asunto, según se evidencia de Poder debidamente autenticado ante la Notaría Pública Primera de Porlamar, de fecha 19-03-2009, quedando anotado bajo el número 71, tomo 18 de los libros de autenticaciones llevados por dicho despacho; y por la demandada, comparece la Abogada CRISAMA DEL VALLE CORTESIA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 93.540, en su carácter de Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Autónomo de Tubores, según se evidencia de acta de nombramiento de fecha 31 de enero de 2009; el Apoderado Judicial de la parte actora declara que en fechas 29-06-2009, 21-09-2009 y 22-12-2009, sus representados TASMANIA DEL VALLE FERNANDEZ MARCANO y ESTEVINA MARGARITA ROJAS, recibieron el monto correspondiente por liquidación de prestaciones sociales, según se evidencia de diligencia de fecha 26 de febrero del año en curso y sus recaudos, los cuales cursan insertos al expediente, con cuyos pagos quedan satisfechas las pretensiones de sus representados. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, en relación a los trabajadores ciudadanos TASMANIA DEL VALLE FERNANDEZ MARCANO y ESTEVINA MARGARITA ROJAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el procedimiento en relación a ellos, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
En relación al ciudadano AREVALO JOSÉ MARVAL MARCANO, las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día dieciséis (16) de abril de dos mil diez (2010), a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, transcurrido éste y verificándose la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA.




LA PARTE DEMANDANTE LA PARTE DEMANDADA






LA SECRETARIA


Abg. EVA ROSAS SILVA
ESM/ERS/jmf.-