REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

Porlamar, 01 de marzo de 2010.
199° y 151°

Vista la anterior diligencia de fecha 26-02-2010, inserta al folio quince (15), de la presente Solicitud, suscrita por el ciudadano ROBERT JOSÉ GARCÍA CARIACO, plenamente identificado en autos, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.928, con motivo de la Solicitud DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, mediante la cual DESISTE del procedimiento; este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se ordena devolver al solicitante, el original de los documentos consignados, previa certificación en autos. Se da por terminado el Juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.
EL JUEZ,


Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA MARCANO RODRÍGUEZ







AP*
Sol. 09-4682