JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 26 de Marzo de 2010.
Años 199ª y 150º
Vista la diligencia de fecha 19 de Marzo de 2010, suscrita por el abogado RUBEN LORENZO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.370, mediante la cual solicita que se declare firme el decreto intimatorio en la presente causa, por cuanto la parte intimada no c /ompareció al Tribunal a formular oposición, este Juzgado visto que se evidencia de las actas que el ciudadano LUIS VASQUEZ, en su carácter de parte demandada en la presente causa, fue intimado por el alguacil de este Tribunal, el cual dejó constancia en fecha 01 de marzo de los corrientes, y se desprende que a la presente fecha han transcurrido diecisiete (17) días de despacho de la intimación, por lo que, este Juzgado declara definitivamente firme el decreto intimatorio dictado en fecha 27 de enero de 2010, por falta de oposición al mismo, quedando como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. CRISTINA MARTINEZ
LA SECRETARIA,
Abg. CORINA LIBERATORE
expediente Nº 24.154
CBM/CL/cplc
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