REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
(FASE DE MEDIACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR)
ASUNTO: OP02-V-2009-000366
PARTE DEMANDANTE: JACQUELINE CHIRINOS MONTILLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.672.960.
FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO: PARTE: Abg. ANGÉLICA PÉREZ HERRERA.
PARTE DEMANDADA: JOSE DANIEL MONTILVA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.913.903,
ABOGADO ASISTENTE: DEFENSOR PÚBLICO PRIMERO: Abg. YLDEGAR GARCÍA.
MOTIVO: PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD
En el día de hoy, veinticinco (25) de marzo de dos mil diez (2010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la Jueza, Abogado Josefina González, a los fines que tenga lugar la fase de mediación de la audiencia preliminar en la causa seguida por la ciudadana JACQUELINE CHIRINOS MONTILLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.672.960, quien actúa en representación de su hijo “…Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente…”, contra el ciudadano JOSE DANIEL MONTILVA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.913.903. Se anuncia el acto por el Alguacil adscrito al Circuito de Protección, se deja constancia que se encuentra presente la demandante, JACQUELINE CHIRINOS MONTILLA, identificada ut supra; asistida por la Fiscal Octava del Ministerio Público, Abg. ANGÉLICA PÉREZ HERRERA; igualmente se hizo presente la parte demandada, Ciudadano JOSE DANIEL MONTILVA SANCHEZ, ya identificado, debidamente asistido por el Defensor Público Primero del sistema de Protección, Abogado YLDEGAR GARCÍA. Acto seguido, la jueza explica a las partes la finalidad de la audiencia y procede a reglamentar la forma de celebración de la misma. Seguidamente se le concede la palabra a la Fiscal Octava del Ministerio Público, Angélica Pérez Herrera, quien expone: “Manifiesto el desistimiento de la presente causa por cuanto he tenido el conocimiento de la existencia del expediente signado con la nomenclatura Nro. OP02-J-2009-000400 en el que las partes solicitaron la homologación de la separación de cuerpos y de bienes, y en el mismo determinaron todas las Instituciones Familiares a favor del niño “IDENTIDAD OMITIDA”, la cual es de fecha 26/10/20009 y que se encuentra en plena vigencia. Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Defensor Público Primero del Sistema de Protección de este estado, quien lo hace en los siguientes términos: “Me adhiero a la solicitud de desistimiento planteado por la Fiscalía. Es todo”. En tal virtud, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, conforme al contenido del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO en los términos expuestos por los precitados ciudadanos, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales previa certificación en autos por Secretaría. y la remisión del expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en la Ciudad de La Asunción, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 151º de La Federación.
La Jueza
Abg. Josefina González,
La Parte demandante,
La Fiscal Octava del
Ministerio Público
La parte demandada,
El Defensor Público Primero
EL SECRETARIO
Abg. José G. Silva
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