REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 11 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2005-000502
ASUNTO : OP01-P-2005-000502


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA

PENADO: JUAN CARLOS NAVARRO AGUILERA, titular de la cedula de identidad numero V-6.242.944, actualmente recluido en el internado Judicial de la Región Insular.
Visto el auto y el cómputo de pena realizado por este Juzgado en fecha 09 de Febrero del 2006, el cual cursa a los folios doscientos tres (203) y doscientos cuatro (204) de la primera pieza, este Tribunal observa que el mismo presenta un error, indicando la fecha de cumplimiento de condena en el día de hoy 11-6-2010, siendo el penado detenido en fecha 12 de Febrero del 2005, y posteriormente condenado en fecha 3 de Junio del 2005 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control numero 2 de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISION, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, por lo que habiendo transcurrido al día de hoy el tiempo de CINCO (5) AÑOS, TRES (3) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, cumple de su condena en el día de mañana, 12-6-2010, cuando en realidad se extingue el tiempo de CINCO (5) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISION, por lo cual lo procedente y ajustado a derecho es declarar CUMPLIMIENTO DE CONDENA Y EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, y 479, ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordenar su libertad la cual deberá hacerse efectiva en el día de mañana 12-6-2010. Se deja expresa constancia de que se emite la presente resolución en el día de hoy, por ser el día de mañana no laborable para este Tribunal (día sábado)



DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CUMPLIMIENTO DE CONDENA Y EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a favor de JUAN CARLOS NAVARRO AGUILERA, titular de la cedula de identidad numero V-6.242.944, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, y 479, ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual ORDENA SU LIBERTAD LA CUAL DEBERÁ HACERSE EFECTIVA EL DIA SABADO 12 DE JUNIO DEL 2010, Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, Publíquese, Déjese copia y Líbrense los correspondientes Oficios. Cúmplase.


La Juez de Ejecución


Dra. Jacqueline Márquez G.


La Secretaria,



Abg. María José Plaza



12:40 PM