REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veinte (20) de julio de dos mil diez (2010)
Años: 200º y 151º

ASUNTO: OP02-L-2009-000569


Visto que concluida la Audiencia Preliminar en fecha ocho (08) de julio de dos mil diez (2010), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, constante de nueve (09) folios útiles, se ordena agregar al expediente, en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese Oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ.,


DRA. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.


LA SECRETARIA



GMC/ldm.-