REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO


Porlamar, 29 de Julio de 2010
200° y 151°

Vista la diligencia de fecha 26/07/2010, suscrita por el abogado en ejercicio FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.678.515 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.557; en su carácter de apoderado judicial de MERCANTIL C.A. Banco Universal, mediante la cual solicita la devolución del documento Original que cursa en el folio Once, el original del Pagaré, previa certificación en los autos, del expediente signado con el N° 10-1406, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena, la devolución del Documento Original, previa su Certificación en los autos se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal para retirar el expediente del recinto del Tribunal, a los fines de su fotocopiado y para su certificación y una vez cumplida devolver el expediente, a su lugar de origen. Asimismo se ordena corregir la foliatura a partir del folio once (11), colocando sobre la anterior foliatura una línea de color negro la cual deberá continuar, en ese orden. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ
LA SECRETARIA,


ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO



MML/EEP/ym.-
EXP. N° 10-1406.-