REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO
Porlamar, 21 de Julio de 2010
200° y 151°
Visto la diligencia de fecha 14 de Julio de 2010, suscrita por la ciudadana MARIANA DIAZ BLANCO, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 87.506, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ELECTRONICA SALTO ANGEL, C.A., mediante la cual solicita se le sean expedida un (01) juego de Copias Certificadas desde el folio Uno (01) al cuatro (04), ambos inclusive; el folio cincuenta y seis (56), del folio ochenta y tres (83) al ochenta y cinco (85), ambos inclusive; del folio doscientos cincuenta y dos (252) al doscientos sesenta y seis (266), ambos inclusive; del folio doscientos ochenta y siete (287) al doscientos noventa y dos (292), ambos inclusive, la diligencia antes mencionada y del presente auto; el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena expedir un (01) juego Copia Certificadas desde el folio Uno (01) al cuatro (04), ambos inclusive; el folio cincuenta y seis (56), del folio ochenta y tres (83) al ochenta y cinco (85), ambos inclusive; del folio doscientos cincuenta y dos (252) al doscientos sesenta y seis (266), ambos inclusive; del folio doscientos ochenta y siete (287) al doscientos noventa y dos (292), ambos inclusive, la diligencia antes mencionada y del presente auto. Para la elaboración de la Copias Certificadas ordenadas, se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal para retirar el expediente del recinto del Tribunal, a los fines de su fotocopiado y para que firme junto a la Secretaria de este despacho todas y cada unas de las copias y su certificación y una vez cumplida devolver el expediente, a su lugar de origen. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO
MML/EEP/Ym
EXP. N° 10-1364