REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 21 de Julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2006-000910
ASUNTO : OP01-P-2006-000911

Vista la comunicación emanada del Director del Internado judicial d la Región Insular, mediante oficio numero CJ-0573-10, en la cual se informa que el penado beneficiario de la medida de Régimen Abierto, tiene el nombre “GREGORY JOSE MARIN GONZALEZ” siendo su numero de cedula correcta V-16.827.475, y anexa copia de la cedula de identidad del penado; se evidencia de los autos que el error material en el apellido completo y número de Cédula del penado, se ha producido desde el inicio del asunto, siendo identificado en algunos folios con unos apellidos, y en otros con distintos apellidos, e incluso en los escritos consignados por el Defensor Privado Dr. Efraín Moreno, identifica al penado con los apellidos “MARIN MARCANO”, siendo lo correcto MARIN GONZALEZ. Sin embargo ello no obsta para que se de cumplimiento a lo establecido en nuestra norma constitucional y en el Código Orgánico Procesal Penal, en relación a la progresividad del penado, y a la ausencia de ritualismo y formalismo en aras del disfrute efectivo de los derechos que le son inherentes al penado, por lo tanto lo procedente es ordenar la corrección del error material para darle cumplimiento a lo establecido en la decisión de fecha 20-7-2010, en la cual se otorgó al PENADO “GREGORY JOSE MARIN GONZALEZ”, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 16.827.475, la medida alternativa de REGIMEN ABIERTO, por estar cumplidos los requisitos del artículo 500 del Código Orgánico procesal Penal, ratificando este auto el cumplimiento de todas y cada una de las condiciones impuestas al penado, y ordenando este Tribunal la emisión de las respectivas boletas y oficios con la corrección en el nombre y numero de cedula, Y ASI SE DECIDE.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA Juez de Ejecución

Dra. Jacqueline Márquez G. la Secretaria.

Abg. Maijolet Rojas.

1:38 PM