REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
200° y 151°
ASUNTO: OP02-V-2009-000223

En el día de hoy, martes 20 de julio de 2010, siendo las ocho y treinta de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la demanda de incoada por la ciudadana Bernarda del Valle Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.420.403, contra el ciudadano Agustin Rafael Guerra Salazar, titular de la cédula de identidad número 7.868.374. Anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil Manuel Carrillo, y no habiéndose verificado la presencia de las partes ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, se concede una hora de espera. Transcurrido dicho lapso sin que se hubiere verificado la presencia de las partes, se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Jueza Carmen Milano Vásquez, a los fines de celebrar la audiencia, pero vista la NO COMPARECENCIA de las partes, observa esta Instancia que lo procedente conforme a lo establecido en el articulo 477 de la citada Ley Especial es declarar terminado el procedimiento, aunado a que se evidencia de autos que en la oportunidad legal fijada por la Ley, las partes no dieron cumplimiento a la consignación de los respectivos escritos de pruebas, ni de contestación a la demanda; razones estas de hecho y de derecho, por las que se hace imperativo para esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 477 de la citada Ley Especial, declarar: PRIMERO: TERMINADO el PROCESO incoado por la ciudadana Bernarda del Valle Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.420.403, dada la no comparecencia de las partes a la audiencia, mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos. TERCERO: Remítase el presente asunto al Archivo Regional para su custodia y cuido definitivo. Cúmplase. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abg. Carmen Milano Vásquez.

El Secretario,