REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cinco de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: OP02-L-2009-000382

Vista la diligencia de fecha 03 de febrero de 2010, suscrita por la Abogada GLADYS J. DÍAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.391, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE RÍOS, ASDRÚBAL EMILIO MARCANO VIZCAÍNO y CANDIDO RAMÓN ALFONZO MOYA, mediante la cual Desisten del Procedimiento del presente asunto, aclarando que no Desisten de la Acción; en consecuencia, en vista del desistimiento presentado por los trabajadores en la presente causa, este juzgado declara Desistido el presente Procedimiento.-

El Juez


Dr. Euclides Salazar Mata
La Secretaria
Abg.

ESM/jrm.-