REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve (09) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: OP02-L-2009-000194


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha uno (01) de febrero de dos mil diez (2010), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda de la parte demandada Sociedad Mercantil “MOVILCARIBE, C.A.,” constante de cuatro (04) folios útiles, en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ



Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO



LA SECRETARIA







GMC/mgm.-