REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve (09) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: OP02-L-2009-000194
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha uno (01) de febrero de dos mil diez (2010), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda de la parte demandada Sociedad Mercantil “MOVILCARIBE, C.A.,” constante de cuatro (04) folios útiles, en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO
LA SECRETARIA
GMC/mgm.-