REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
PAMPATAR, 24 de febrero de 2010.-
199º y 150º.-

Vista la transacción celebrada por las partes, en fecha 24-02-2010, en ocasión del procedimiento seguido por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, por el abogado en ejercicio JESUS GARCIA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 17.921, en contra del ciudadano FELIX REYES, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. 537.637; por cuanto la referida transacción versa sobre materias en las cuales no están prohibidas las transacciones, el Tribunal le imparte su homologación. Procédase como en sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, vista la solicitud contenida en dicho escrito, el Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado y en consecuencia, expídase por Secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de dicha diligencia y del presente auto; para la elaboración y confrontación de las copias certificadas, se autoriza a la ciudadana LUISA BELINDA GOMEZ FERNANDEZ, venezolana, identificada con la Cédula de Identidad Nro. V-12.673.656, asistente de este Juzgado, todo de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-Cúmplase.-
Dr. José Gregorio Pacheco,

Juez Prov. del Municipio Maneiro.
La Secretaria Temporal,
NOTA: En fecha 24-02-2010, se dicto y público la anterior decisión, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2010-519 , siendo la 12:48 p.m. Conste.-
La Secretaria Temporal,


Abg. Yanira Hadid.



2010-1623.-
Luisa.