Porlamar, 05 de Agosto de 2010

200° y 151°

Visto el escrito de TRANSACCIÓN de fecha 02 de Agosto de 2010, el cual riela al folio ochenta y seis (86) del presente Expediente suscrito, por las Ciudadanas SANDRA VILLALBA PÉREZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.427, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, y GILSA DEL CARMEN GIL LEON, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.427, en su propio nombre, parte demandada; en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA). Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
Primero: le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 265, 266 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: se deja sin efecto la Medida de embargo ejecutivo, decretada en fecha 21 de Junio de 2010, sobre el siguiente bien inmueble Apartamento con el número y letra C-04, que forma parte de la villa identificada con la letra y numero C1, del conjunto residencial Cristal Lake, cuyos linderos y medidas, son los siguientes: NORTE: con la fachada norte; SUR: con el apartamento C3; ESTE: con la fachada este; OESTE: con el pasillo de circulación, situado en la Urbanización Costa Azul, de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño, del Estado Nueva Esparta; El cual pertenece a la demandada, ciudadana GILSA DEL CARMEN GIL LEON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.307.282, el cual se encuentra protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Autónomo Mariño del estado Nueva Esparta, en fecha 24 de Noviembre de 1999, anotado bajo el No. 23, Folios 179 al 191, Protocolo Primero, Tomo 10, Cuarto Trimestre de 1.999. Ofíciese al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta; a los fines de que remita las resultas a este tribunal en el esta en que se encuentre. Librese oficio. CUMPLASE.
EL JUEZ,


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO.

NOTA: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente. Conste.

LA SECRETARIA.
























MML/EEP/ym.-
Exp. Nº. 10-1360.-