Devuelta sin cumplir al Tribunal de la causa mediante Oficio Nro. 055-10 de fecha 23-04-2010, constante de 7 folios útiles.-
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARÍSMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO, GÓMEZ, MARCANO Y DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, Veintidós (22) de Abril de 2010.-
200° y 151°
Revisado como ha sido el presente mandamiento de ejecución y el contenido del auto de fecha 18-01-2010, que acompaña al mismo, se desprende que existe contradicción, en el sentido de que el mandamiento de ejecución esta dirigido al Juez ejecutor de Medidas con Competencia donde se encuentren bienes propiedad del demandado, y en el auto antes señalado se ordena remitirlo al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao del estado Nueva Esparta. En consecuencia este Tribunal se abstiene de proveer la diligencia suscrita en fecha 20-04-2010, por la parte actora y acuerda remitir la presente comisión en el estado en que se encuentra al Juzgado de la causa.- Déjese Copia Certificada. Líbrese oficio.-
LA JUEZ TITULAR,
Abg. IRINA DIAZ FARRERA.
LA SECRETARIA TITULAR.
Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR.
En la misma fecha se remite la presente comisión en originales y en el estado en que se encuentra, constante de (7) folios útiles, al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, anexo a Oficio N° 055-10 y se dejó copia certificada conforme está ordenado en el auto anterior. Conste. –
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR.
Com. 952
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