REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 12 de Abril de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-003240
ASUNTO : OP01-P-2007-003240

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA Y COMPUTO DEFINITIVO


Vista la Sentencia condenatoria definitivamente firme, y revisadas las actas que conforman el presente asunto, este Despacho Judicial procede a emitir el respectivo cómputo de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.

IDENTIFICACION DEL PENADO: RAFAEL LEMUS DELINGER, venezolano, natural de Cumanà, estado Sucre, nacido en fecha 29 de Diciembre de 1.976, mayor de edad, cedula de identidad numero V-13.539.548, residenciado en la calle La Marina, sector Los Cocos, frente a la cancha, casa color verde, Porlamar, estado Nueva Esparta.

FECHA DE SENTENCIA: 26 de febrero del 2010

TRIBUNAL DE PROCEDENCIA: Tribunal Penal de Juicio numero 3

DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con los artículos 80, último aparte y 82 ejusdem.

PENA PRINCIPAL IMPUESTA: SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN.

PENAS ACCESORIAS IMPUESTAS: Inhabilitación política por el mismo tiempo de la condena, art 16, ord 1 del Código Penal.

FECHA DE APREHENSION: 18-8-2007 hasta la presente fecha.

TIEMPO DETENIDO : 2 años, 7 meses, 24 días,

FALTA POR CUMPLIR: 4 años, 06 dìas

FECHA DE CUMPLIMIENTO DE CONDENA: 16 de abril 2013.

MEDIDAS ALTERNATIVAS A LAS QUE OPTA
Según al artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, opta por las medidas alternativas de cumplimiento de pena de conformidad con el siguiente cuadro:
Destacamento de Trabajo: Al cumplir ¼ parte de la pena, es decir 1 año y 8 meses, que cumplió el 16-4-2009.


Régimen Abierto: Al cumplir 1/3 parte de la condena, es decir, 2 años, 2 meses y 20 días, que cumplió el 6-11-2009.
Libertad Condicional: Al cumplir 2/3 partes de la pena, es decir, 4 años , 5 meses, y 10 días, para lo cual optará el 26-1-2012.
Igualmente optarà por la gracia de Confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena, que serà el tiempo de 5 años y 8 meses, a partir del 16-4-2012.
Sitio de reclusión actual: Internado Judicial de la Región Insular del Estado nueva Esparta.
Se ordena notificar a las partes, imponer al penado, oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que evalúe psicosocialmente al penado, oficiar a la División de Antecedentes Penales a los fines de que remita a este Despacho Judicial los posibles registros del penado, y remitir copia del presente auto al internado Judicial de la Regiòn insular a los fines de ser agregado al expediente carcelario.


Regístrese, publíquese, déjese copia. Cúmplase.

La Juez de Ejecución,


Dra. Jacqueline Márquez González.



La Secretaria,


Abog. Roseant Paradise Chollet






9:54 AM