REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Medicación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta

ASUNTO: OP02-V-2010-000110

(AUDIENCIA PRELIMINAR- FASE DE MEDIACIÓN)

PARTE DEMANDANTE: LIANA MISRRAY PELLICER mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.667.297.

PARTE DEMANDADA: JOSE GREGORIO ALCALA HERNANDEZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.128.983

Niños: Hermanos Se omite la Identidad de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

MOTIVO: PRIVACION DE PATRIA POTESTAD (DESISTIDO)

En el día de hoy, veintidós (22) de abril de 2010, siendo las 11:40 de la mañana, se constituye el Tribunal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión PRIVACION DE PATRIA POTESTAD incoada por la ciudadana LIANA MISRRAY PELLICER mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.667.297 contra el ciudadano JOSE GREGORIO ALCALA HERNANDEZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.128.983. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil MANUEL CARRILLO se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy, según el auto dictado por el Tribunal de fecha 08-04-2010 donde se fijaba la celebración de la Audiencia contemplada en el señalado artículo 468 ya citado para las 11:00 am. Se deja constancia de la presencia del Ministerio Público, fiscal Dalia Carrillo y de la Defensa Pública, dra Maria Celeste De Castro. En virtud de la incomparecencia de la demandante LIANA MISRRAY PELLICER ya identificada, a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano LIANA MISRRAY PELLICER , antes identificada, contra el ciudadano JOSE GREGORIO ALCALA HERNANDEZ antes identificado, y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Jueza


Liz Verónica López Morales




EL (LA) SECRETARIO(A)

Abg. Marli Luna

El Ministerio Público


La Defensa Pública