Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescentes
La Asunción, 29 de Septiembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO : OP01-D-2008-000254
ACTA DE DIFERIMIENTO
En el día de hoy, MARTES VEINTINUEVE (29) de Septiembre de Dos Mil Nueve (2009), siendo las¬¬¬ 12:00 horas de la tarde, fecha fijada para la realización de la audiencia de Juicio Oral y Privada, en la causa signada con el N° OP01-D-2008-000254, seguido contra de los ADOLESCENTES IDENTIDADES OMITIDAS por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el artículo 455, del Código Penal Vigente. Constituido el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en atención a lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la Sala de Audiencias de este sistema, acto seguido la ciudadana Juez, DRA. EMILI VALLE ORTIZ, solicita la Secretaria de Sala, Abg. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE, verificar la presencia de las partes convocadas para la celebración de este acto, siendo informada que se encuentran presentes: LA FISCAL SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO Dra. ZARIBELL CHOLLETT REYES, y la Defensora Público Penal N° 3, Dra. GEICHA CAMACARO, dejándose constancia que no compareció el adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA y la Ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, en su condición de representante legal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, los cuales se encontraba de acuerda a la certificación que antecede, debidamente citada por funcionarios del Instituto Autónomo de Policía de Mariño. Seguidamente se le cedió la palabra a la ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público quien expuso: Visto que el adolescente acusado se encuentra debidamente notificado para la realización de la presente audiencia de acuerdo a la certificación que antecede, solicito al Tribunal se sirva ordenar la ubicación del mismo por intermedio de los cuerpos policiales, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo y en consecuencia difiera la presente audiencia para una nueva oportunidad. Seguidamente se le cedió la palabra a la Defensora Público Penal N° 03 Dra. GEISHA CAMACARO, quien expuso: “Pido sea citado nuevamente mi representado, en virtud de que se desconocen, las causas que pudieran llegar a justificar su incomparecencia ante este Tribunal”. Es todo” Acto seguido tomo la palabra el ciudadano Juez de Juicio manifestando: Este TRIBUNAL DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL ESTADO NUEVA ESPARTA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Vistas y oídas las exposiciones que preceden; ORDENA EL DIFERIMIENTO de la Audiencia de Juicio Oral y Privado, en la causa seguida a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS para que tenga lugar el día MARTES SEIS (06) DE OCTUBRE DE 2009, A LAS 10:00 HORAS Y MINUTOS DE LA MAÑANA, en virtud de la incomparecencia del adolescente IDENTIDAD OMITIDA a la audiencia de juicio Oral y Privado fijado para el día de hoy, asi como la incomparecencia de la representante legal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA la cual se encontraba debidamente citada de acuerdo a la certificación que antecede, a los fines de que presentara acta de defunción de su hijo. Por tal motivo de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la UBICACIÓN INMEDIATA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA para lo cual ordena librar boleta de citación por intermedio del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Mariño. De igual manera se comisiona la conducción de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, hasta la sede de este Tribunal, a los fines de presentar acta de defunción de su representado. Así mismo se ordena librar las boletas y oficios correspondientes. Quedan las partes presentes notificadas con la firma de la presente acta. Cúmplase. Es todo Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL DE JUICIO,
DRA. EMILIA VALLE ORTIZ
LA FISCAL SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO,
DRA. ZARIBELL CHOLLETT REYES
LA DEFENSORA PUBLICA N° 03,
Dra. GEISHA CAMACARO
LA SECRETARIA,
Abg. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE
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