Tribunal Penal Primero de Control Sección Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 23 de septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO : OP01-D-2007-000037


AUDIENCIA CONFORME AL ARTICULO 314 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL

En el día de hoy, miércoles veintitrés (23) de septiembre de 2009, siendo las 10:00 horas de la mañana. Constituido el Tribunal Temporal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 de la Sección Adolescentes, integrado por la Juez Titular Dra. Tamara Ríos Pérez y la Secretaria de Sala Abg. Ana Joemy Velásquez Marcano. Seguidamente la ciudadana Juez solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes, Encontrándose presentes en este acto la Dra. Sikiu Angulo Ferrer, Fiscal Séptimo del Ministerio Publico, el Dr. José Luís García Sosa, Defensor Público Penal Nº 01, el adolescente de marras IDENTIDAD OMITIDA . El Tribunal procede a aperturar el acto y le cede la palabra a la Dra. SIKIU ANGULO FERRER, Fiscal Séptima del Ministerio Público, quién expone: “Ciudadana Juez solicito con todo respeto, se sirva conceder una prórroga por el lapso de quince (15) días a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, esta prorroga se solicita por haber vencido el lapso establecido en el artículo 313 ejusdem, así mismo solicito se sirva expedirme copias de las actas de investigación cursantes al presente asunto, referidas a las actuaciones realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas .”. Seguidamente el Tribunal explica al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, del contenido del acto, de sus derechos y garantías y de las consecuencias del mismo, a quien se le preguntó, si entendía lo expresado en el presente acto, para lo cual respondió lo siguiente: “si entiendo lo solicitado por mi abogado y lo explicado por la Juez”. Acto Seguido se le ceda la palabra al Dr. JOSÉ LUIS GARCÍA SOSA, Defensor Público Penal Nº 01 quien estando presente expuso: “Oída la exposición de la Representante del Ministerio Público, esta Defensa conforme lo establecido en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y observando que lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público, no hace objeción al plazo de prorroga solicitado por el Ministerio Público, no tiene objeción al lapso solicitado por la misma a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo. Es todo”. ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, OÍDAS COMO HAN SIDO LAS PARTES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, PRIMERO: Oídas como han sido las partes en la presente audiencia, SE ACUERDA UN PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS, solicitado en este acto por la representante del Ministerio Público para presentar el acto conclusivo que a bien tenga, en virtud de la solicitud de prórroga realizada por la representación fiscal en esta audiencia, conforme lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se acuerda expedir copias simples solicitadas por la Representante del Ministerio Público de las actas de investigación cursante a la presente causa. Siendo las 10:40 horas de la mañana, se declaró concluida la audiencia y estando presente las partes quedan notificadas del contenido de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL DE CONTROL Nº 01,


Dra. TAMARA RIOS PEREZ
EL ADOLESCENTE


IDENTIDAD OMITIDA


LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 01,


Dr. JOSE LUIS GARCIA SOSA


LA FISCAL SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO,


Dra. SIKIU ANGULO FERRER


LA SECRETARIA,


Abg. ANA JOEMY VELASQUEZ