REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1 DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

Tribunal Penal Primero de Control Sección Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 29 de octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO : OP01-D-2009-000084


AUDIENCIA CONFORME AL ARTICULO 313 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL

En el día de hoy, jueves veintinueve (29) de octubre de 2009, siendo las 10:20 horas y minutos de la mañana. Constituido el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, integrado por la Juez Titular Dra. Petra Marcano de Cerrada y la Secretaria de Sala Abg. Ana Joemy Velásquez. Seguidamente la ciudadana Juez solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes, Encontrándose presentes, el Dr. PEDRO LUIS LINARES, Fiscal Séptimo ( e ) del Ministerio Publico, la Dra. GEISHA CAMACARO, Defensora Público Penal Nº 03, Igualmente presente el adolescenteXXXXXXXXXXXXXXX, titular de la cedula de identidad Nº XXXXXXXX. El Tribunal procede aperturar el acto y le cede la palabra a la Dra. GEISHA CAMACARO DÍAZ, Defensa Pública Penal Nº 03, quién expone: “ Ratifico la solicitud que hiciera esta defensa en fecha 17/10/2009 esta solicitud obedece de que esta investigación iniciada en contra de mis representados en fecha 27 /03/2009, tiene mas de seis (06) meses desde que fue ordenado su inicio y realizado como ha sido previamente el presente asunto se puede verificar que no constan hasta ahora ningún acto conclusivo presentado por el Ministerio Público por esta razón, en atención al contenido del articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, solicito se inste al Ministerio Público en la Presente audiencia a los fines de que presente el correspondiente acto conclusivo. Por cuanto se encuentra presente mi representado pido al tribunal se mantenga la Medida Cautelar impuesta a mi representado. Es todo” EL TRIBUNAL PROCEDE A IMPONER A LOS ADOLESCENTES DANIEL EN ESTE ACTO, DE SUS DERECHOS Y GARANTÍAS PROCESALES conforme el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 131 del Código Orgánico Procesal Penal y 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como a explicar al mismo sobre el contenido del presente acto y de las posibles consecuencias del mismo, expresando el adolescente al Tribunal, entender lo expresado, y manifestado. seguidamente le cede el derecho de palabra al adolescente XXXXXXXX, “Estoy de acuerdo con lo expuesto por la defensa. Es todo”. Seguidamente el Tribunal procede a ceder la palabra al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, Dr. PEDRO LUIS LINARES, Fiscal Séptimo (e) del Ministerio Publico, quien expone: “Vista la solicitud realizada por la Dra. Geisha Camacaro, Defensor Público Penal N° 03, Ciudadana Juez solicito con todo respeto, se sirva conceder un lapso de treinta (30) días a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo en la presente causa. Es todo”. ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, OÍDAS COMO HAN SIDO LAS PARTES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, UNICO: De conformidad con la solicitud realizada por las partes a viva voz, Oídas como han sido las partes en la presente audiencia, SE ACUERDA UN PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS, solicitado en este acto por la representante del Ministerio Público para presentar el acto conclusivo a los fines de que el representante del Ministerio Público presente el acto conclusivo que ha bien tuviere, en el presente asunto seguido al adolescenteXXXXXXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en el ordinal 4° del artículo 453 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el ultimo aparte del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Siendo las 10:45 horas de la mañana, se declaró concluida la audiencia y estando presente las partes quedan notificadas del contenido de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01,


Dra. PETRA MARCANO DE CERRADA



EL FISCAL SÉPTIMO ( E ) DEL MINISTERIO PÚBLICO,


Dr. PEDRO LUIS LINARES





EL ADOLESCENTE


XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX


EL DEFENSOR PÚBLICA Nº 03,


Dra. GEISHA CAMACARO DIAZ

LA SECRETARIA,


Abg. ANA JOEMY VELASQUEZ MARCANO