REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2 DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

Tribunal Penal Segundo de Control de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescentes.

La Asunción, once 11 de mayo de dos mil nueve 2009
199º y 150º
ASUNTO : OP01-P-2007-005589


ACTA DE AUDIENCIA
SOLICITUD ARTICULO 313 CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL

En el día de hoy, lunes once (11) de mayo de Dos Mil Nueve (2009), siendo las once (11) horas y minutos de la mañana, fecha y hora fijada para que tenga lugar la presente Audiencia, convocada de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, que se aplica supletoriamente de acuerdo a lo dispuesto el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa signada con el Nº OP01-P-2007-005589, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad Nº XXXXXXXXXX. Encontrándose presentes en este acto la Ciudadana Juez de este Tribunal Dra. Isabel Asunta Pannaci, la Secretaria Abg. Ana Joemy Velásquez Marcano, la Dra. Sikiu Angulo de Silla Fiscal Séptimo del Ministerio Publico, Dra. Patricia Ribera, Defensora Público Penal Nº 02, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, acompañado de su representante legal ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad Nº XXXXXXXXX. El Tribunal procede aperturar el acto y le cede la palabra a la Defensa Pública penal Nº 02, Dra. Patricia Ribera, quien expone: “Ciudadana Juez efectivamente solicité la realización del presente acto, toda vez que ha transcurrido hasta el día de hoy un lapso de tiempo amplio, sin que la Fiscalía del Ministerio Público haya emitido pronunciamiento alguno en relación al acto conclusivo que ha bien tenga en relación al presente caso, es por lo que en este acto ratifico lo solicitado por mi persona, mediante el cual solicito se fije un lapso prudencial a la Fiscal del Ministerio Público a los fines de emitir el correspondiente acto conclusivo. Es todo” Seguidamente el Tribunal cede la palabra a la Dra. Sikiu Angulo de Silla, Fiscal Séptima del Ministerio Público, quién expone: “Ciudadana Juez solicito muy respetuosamente se acuerde un lapso de Treinta (30) días, a los fines de presentar un acto conclusivo correspondiente, Es todo”. Seguidamente el Tribunal explica al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, presente del contenido del acto, de sus derechos y garantías y de las consecuencias del mismo, a los que le preguntó, si entendía lo expresado en el presente acto, para lo cual respondió lo siguiente: “si entiendo lo solicitado por mi abogado y lo explicado por la Juez ”. Acto Seguido se le ceda la palabra a la Dra. Patricia Ribera, Defensa Público Penal Nº 02 quien estando presente expuso: “Oída la exposición de la Representante del Ministerio Público, esta Defensa no tiene objeción al lapso solicitado por esa Representante fiscal. Es todo”. ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, OÍDAS COMO HAN SIDO LAS PARTES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, PRIMERO: ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente conforme lo ordena el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, fijar el lapso de Treinta (30) días, contados a partir de la presente fecha, a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público, para que la misma emita el correspondiente acto conclusivo de la investigación antes aducida. Exhortándole así mismo que, vencido dicho plazo sin que medie prórroga, no procede otro plazo de gracia, conforme lo estipula el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 02,


Dra. ISABEL ASUNTA PANNACI
EL ADOLESCENTE


IDENTIDAD OMITIDA
LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 02,


Dra. PATRICIA RIBERA


LA FISCAL SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO,


Dra. SIKIU ANGULO


LA SECRETARIA,


Abg. ANA JOEMY VELASQUEZ