REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 18 de Marzo de 2009.-
198° y 150°
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente solicitud, signada con el N° 9.058, en el cual erróneamente se intituló en la hoja de distribución que riela en el folio tres (3), como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, así como también en su carátula, solicitada por el ciudadano Jesús Ramón Jiménez Guerra; este Tribunal observa que su libelo contiene una demanda de reivindicación de conformidad con lo establecido en el artículo 548 del Código Civil, incoada por el ciudadano JESÚS RAMÓN JIMENEZ GUERRA contra GERALDO SUÁREZ, cuando lo correcto es asignarle número de demanda; en virtud de lo cual este Juzgado, ordena revocar por contrario imperio, de conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, la carátula y el formato de distribución. ASÍ SE DECIDE.-