REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 18 de Junio de 2009
Año 199º y 150º
ASUNTO : OP02-S-2009-000224
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial. Désele entrada en el libro respectivo, fórmese asunto y numérese de acuerdo a la nomenclatura llevada por este Circuito Judicial. Visto el libelo de la solicitud que antecede presentada por la ciudadana HILIANGEL JOSEFINA MUJICA ZABALA, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.220.492, asistida por la profesional del Derecho Abogada –Maria Celeste de Castro, Defensoria Pública Segunda para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante la cual ocurren ante esta competente autoridad para solicitar se conceda AUTORIZACIÓN JUDIACIAL para administrar los bienes de su hijo el niño “…Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…”, así como proceder a cobrar, recibir y hacer efectivo los derechos que le corresponden, tales como Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Vacaciones, Aguinaldos, Monte Pió, Pensión de Sobreviviente, Política Habitacional, que con ocasión al fallecimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO MARTINEZ FERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-6.693.806. En consecuencia este Despacho Judicial Admite dicha solicitud por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 511 y siguientes de la mencionada Ley. Al respecto se observa que se trata de asunto en el cual no existen diferencias que dirimir ni acuerdos que lograr, sino que se corresponde con autorización requerida por el representante del mencionado niño, a objeto de gestionar ante los organismos competentes, el cobro de la cuota parte que le corresponde en las acreencias y beneficios dejados por el mencionado ciudadano, con ocasión de su fallecimiento, por lo que a criterio de esta Jueza puede prescindirse de la celebración de la audiencia a la que se contrae el articulo 512 de dicha Ley, lo cual redunda en obsequio del acceso a la justicia, de la tutela judicial efectiva y del derecho que tienen todos los ciudadanos de obtener de los órganos de administración de justicia, con toda prontitud la correspondiente decisión, tal como está consagrado en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana HILIANGEL JOSEFINA MUJICA ZABALA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.220.492, en beneficio de su hijo, el niño “…Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…”. SEGUNDO: AUTORIZAR la ciudadana HILIANGEL JOSEFINA MUJICA ZABALA, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo, el niño “…Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…” , acuda ante la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Servicio Social (INASS) y ante cualquier otro organismo, público o privado para gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente al mencionado niño en las acreencias y beneficios en las que resulte acreedora con ocasión al fallecimiento de su padre, ciudadano CARLOS ALBERTO MARTINEZ FERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-6.693.806 por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Vacaciones, Aguinaldo, Monte Pió, Pensiónde Sobreviviente, Politica Habitacional y cualquier otro. TERCERO: Las cantidades de dinero por tales conceptos deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros que se aperturará para tal fin, por orden de este Tribunal, cuyo numero se le hará saber una vez conste en autos la apertura de dicha cuenta. CUARTO: Oficiese a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto nacional de Servicio Social (INASS) de esa Institución a los fines de que deposite el Cheque que le corresponde al niño “…Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…”, por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Vacaciones, Aguinaldo, Monte Pió, Pensiónde Sobreviviente, Politica Habitacional y cualquier otro.- Asimismo al Banco Provincial a los fines de que depositen la cantidad que le corresponde al mencionado niño por el dinero depositado en dicho Banco. Igualmente ofíciese al Instituto de los Seguros Sociales para tramitar la cuota parte de la Pensión de Sobreviviente, al Seguro Premier con la finalidad de que depositen Cheque del Seguro de Vida a nombre del referido niño y a la Entidad Bancaria Banfoandes, a los fines de que se apertura la Cuenta de Ahorros correspondiente a los fines de que se deposite en ella directamente las cantidades de dinero que le corresponden al niño en mención. QUINTO: Nómbrese como Correo Especial a la ciudadana HILIANGEL JOSEFINA MUJICA Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese al solicitante. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,
Abg. Josefina Gonzalez
La (el) Secretaría (o),
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