Cumplida, devuelta al Tribunal de la Causa mediante Oficio Nro. 238-09, de fecha 23-07-2009, constante de Trece (13) folios útiles.
Acta de Traslado
En esta fecha Veintidós (22) de Julio del año Dos Mil Nueve, siendo las diez Antes Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la medida de SECUESTRO, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado de los Municipios Arísmendi, Antolín del Campo y Gómez de esta Circunscripción Judicial, en el juicio seguido por la ciudadana CECILIA MARIA SILVA de MARCANO, contra el ciudadano CLAUDIO OSWALDO GONZALEZ, en virtud de demanda de DESALOJO, se traslado el Tribunal en compañía del apoderado judicial de la parte actora Doctor Glivert J. Marcano, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.560 de una Comisión Policial al mando del Cabo Primero Eddys José Salazar Salazar, titular de la cédula de identidad número V-14.055.733, y se constituyó en un inmueble distinguido con el Nro. 6-11, Ubicado en la Calle Ruíz de la Ciudad de la Asunción Municipio Arísmendi del Estado Nueva Esparta. Constituido en dicho sitio se abrió el acto y se encontraba presente el ciudadano CLAUDIO OSWALDO GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad Nro.V-2.742.722; en su condición de demandado; a quien se le notificó de la misión del Tribunal previa lectura del exhorto que encabeza las presentes actuaciones, quien manifestó llevarse sus pertenencias bajo su cuenta y riesgo suministrándole el Tribunal el medio de transporte para el traslado de los mismos. En este estado el apoderado judicial de la parte actora expone: Solicito respetuosamente del Tribunal se declare secuestrado el inmueble donde nos encontramos constituidos anteriormente identificado, se me designe depositario judicial del inmueble a secuestrar tal como lo ordena el exhorto; se fije el cartel de notificación, y una vez practicada la presente medida se devuelva la comisión con sus resultas al Tribunal de la Causa. Acto seguido este tribunal nombra depositaria del inmueble a secuestrar al Doctor Doctor Glivert J. Marcano en su carácter de apoderada judicial de la parte actora antes identificado, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, seguidamente este Tribunal declara secuestrado el inmueble en el que nos encontramos constituidos y debidamente identificado en el exhorto que encabeza estas actuaciones poniéndolo en posesión de la parte actora en la persona de su apoderada judicial quien lo recibe conforme para su guarda y custodia libre de personas y bienes comprometiéndose a conservarlo y cuidarlo como un buen padre de familia, se ordena fijar el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal del inmueble. En cuanto a la devolución de la presente comisión al juez de la causa el tribunal proveerá por auto separado Terminado el acto del Traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Dos y Treinta Post-meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. ROSANGEL MORENO
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
POR LA COMISIÓN POLICIAL,
LA…
PARTE DEMANDADA
LASECRETARIA TITULAR,
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR
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