Cumplida, devuelta al tribunal de la Causa mediante Oficio Nro. 227-09, de fecha 16-07-2009, CONSTANTE DE VEINTIUN (21) FOLIOS ÚTILES

ACTA DE TRASLADO

En esta fecha Quince (15) de Julio de Dos Mil Nueve, siendo las Diez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Medida de ENTREGA MATERIAL, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado del Municipio Arísmendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio seguido por la Ciudadana MIRNA CORREA MARQUIZ, contra los Ciudadanos JOSE DE JESUS FIGUEIRA HENRIQUE Y MELIDA ORDOÑEZ SALAZAR; por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, se traslado el Tribunal en compañía del apoderado judicial de la parte actora Doctor EMMANUEL ALBORNOZ MILIANI, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.645, de una Comisión Policial al mando del agente Silvia Antonia Bellorín González , titular de la cédula de identidad número V-13.699.088 y se constituyó en un inmueble constituido por una casa ubicada en el lugar denominado Conucom de Tacarigua, casa S/N, Jurisdicción del Municipio Gómez de este Estado, con un área aproximada de Seiscientos Veinticuatro Metros Cuadrados (624 Mts.2) y forma parte de un lote de terreno de mayor extensión que posee los siguientes linderos. NORTE: Dieciocho Metros con Noventa Centímetros (18,90 Mts.) con terrenos que son o fueron de Oscar Ayala B. SUR: en Treinta y Nueve Metros con Cincuenta Centímetros (39,50 Mts.) con camino que conduce a San Juan Bautista, ESTE: en Cuarenta y Tres Metros (43 Mts.) con Terrenos que son o Fueron de Oscar Ayala B., y OESTE: en Treinta y Seis Metros (36 Mts.) con terrenos que son o fueron de Eladio Alfonzo, y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: en Veintiséis Metros (26 Mts.) con terrenos de mi propiedad, SUR: en Treinta y Ocho Metros con Cincuenta Centímetros (38,50 Mts.) con camino que conduce a San Juan Bautista, ESTE: en dos segmentos uno de Once Metros con Cincuenta centímetros (11,50 Mts.) con Terrenos que son o Fueron de Oscar Ayala B. y otro en Once Metros (11 Mts.) con terrenos de mi propiedad, y OESTE: en Veinte Metros con Cincuenta Centímetros (20,50 Mts.) con terrenos de mi propiedad. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, y por cuanto el referido inmueble se encuentra cerrado se tocó tres (3) veces y nadie atendió el llamado, estando este Tribunal facultado para ello nombra cerrajero al Ciudadano Moisés Enrique García Jorge, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.221.756, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, procediendo abrir la puerta principal del inmueble en el cual nos encontramos constituidos. Posteriormente se hicieron presentes los ciudadanos José de Jesús Figueira Henrique y Melida Ordoñez Salazar, Titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.433.709 y V-15.723.715, respectivamente; en su carácter de demandados; a quienes se les notificó de la misión del Tribunal previa lectura del exhorto que encabeza las presentes actuaciones, quienes manifestaron llevarse sus bienes muebles y pertenencias personales bajo su cuenta y riesgo, relevando de toda responsabilidad a este Tribunal Ejecutor y a las personas que lo acompañan. En este estado el apoderado judicial de la parte actora Abogado Emmanuel Albornoz Miliani, anteriormente identificado expone: solicito muy respetuosamente del Tribunal me efectúe la entrega material, real y efectiva, del bien inmueble donde nos encontramos constituidos, conformado por una casa ubicada en lugar denominado Conucom de Tacarigua, casa S/N, Jurisdicción del Municipio Gómez de este Estado antes descrita, libre de bienes y personas; se fije el correspondiente Cartel de Notificación y se remita la presente Comisión en sus originales y con sus resultas al Juez de la Causa, una vez hecha efectiva la Entrega Material ordenada por el Comitente. Visto lo expuesto por el apoderado judicial de la parte actora Doctor Emmanuel Albornoz Miliani, este Tribunal hace formal entrega material del inmueble en el que nos encontramos constituidos, suficientemente descrito en la presente acta y anteriormente señalado, y lo pone en posesión del apoderado judicial de la parte ejecutante Doctor Emmanuel Albornoz Miliani, quien lo recibe conforme libre de personas y bienes, así mismo se ordena fijar el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal de dicho inmueble, y en cuanto a la devolución de la presente Comisión al Juez de la Causa se proveerá por Auto aparte. Es todo. Terminado el acto del Traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las 6:00 Post-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.
LA….
JUEZA TEMPORAL,

Abg. ROSANGEL MORENO

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

POR LA COMISION POLICIAL

EL CERRAJERO


LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA TITULAR

En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.

LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR