REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO


JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 06 de julio de 2009
199° y 150°

Visto que en el presente expediente el ciudadano JAVIER VICUÑA MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.484.204, en su carácter de representante legal de la empresa AIREX, C.A., solicitó al Tribunal se le fijara el monto de las costas de la demanda más el de los intereses, a fin de elaborar cheque de gerencia para dar por terminado el presente juicio. Asimismo visto el auto del Tribunal en el cual fijó el monto a cancelar por la parte demandada, así como el posterior cumplimiento de ésta, con la consignación del cheque de gerencia del Banco de Venezuela, por la cantidad de CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 4.932, 97), a nombre de la parte actora CORPORACIÓN CROXHER, C.A. Igualmente visto el retiro del cheque consignado hecho por la parte actora, mediante diligencia de fecha 29 de junio de 2009, y tal como fue solicitado por ambas partes de que se de por terminado el presente juicio y se ordene el archivo del expediente. Este Tribunal en consecuencia da por terminado el presente juicio y en consecuencia ordena el archivo del expediente. Todo con motivo del juicio seguido por CORPORACIÓN CROXHER contra la empresa AIREX, C.A. por COBRO DE BOLÍVARES. Cúmplase.
El Juez,


Dr. Juan José Anuel Valdivieso La Secretaria,


Abg. Yanette González González


Exp. N° 689-09
JJAV/ygg/wrr.-